Reflexiones sobre las reservas en oro

La Paz, 26 de septiembre de 2022.- La discusión sobre la capacidad de monetización del oro por parte del Banco Central de Bolivia (BCB) es un tema que generó una serie de opiniones desde diferentes ángulos en estos días; sin embargo, poco se sabe sobre las mismas. Para comprender en facilito, el oro es un bien o activo de refugio, es decir, se recurre a este metal como medida de protección en un contexto económico de incertidumbre, sobre todo si las divisas pierden capacidad adquisitiva, de ahí que el oro cumple por excelencia la función de reserva de valor, semejante situación ocurre con el oro que forma parte de las Reservas Internacionales (RIN).

Pero las RIN del BCB no solo se encuentran conformadas por oro, sino también por divisas, entonces, ¿de qué depende su composición?, depende de varios criterios, entre ellos la rentabilidad, las necesidades de liquidez, el tamaño de la economía, el comercio internacional, el grado de precaución mencionado anteriormente, etc.

¿Quién debe definir los anteriores criterios? La Constitución Política del Estado señala en su artículo 328 que la administración de las Reservas Internacionales es atribución fundamental del BCB; en ese sentido, el proyecto de Ley de Fortalecimiento de las RIN tiene por objeto ampliar la capacidad administrativa del BCB en relación a las operaciones con el oro (compra y venta), medida oportuna e importante, más aún en un contexto de incertidumbre mundial, donde existen presiones inflacionarias, tensión geopolítica y continuos efectos de la pandemia del coronavirus y otros.

La importancia de la normativa es mayor si se analiza las cifras; según datos de Trading Economics (página especializada en el monitoreo de reservas en oro), a junio de 2022, Bolivia cuenta con 42,5 toneladas en reservas de oro, muy por encima de países como Perú (34,7 toneladas), Ecuador (33,8 toneladas), Paraguay (8,2 toneladas) y Colombia (4,7 toneladas), solo por debajo de países como Brasil (130 toneladas) y Argentina (61,7 toneladas). Por otro lado, en cuanto al porcentaje del oro en las RIN, Bolivia es el número 1 en América del Sur con el 56% (más de la mitad); por tanto, ampliar la capacidad administrativa en relación a la compra y venta del oro previa evaluación de la coyuntura permitirá fortalecer las RIN.

Asimismo, contar con un instrumento normativo apropiado podría haber evitado la disminución de las reservas entre marzo y julio de 2022, por el efecto de la disminución de los precios de este mineral y hubiera permitido realizar intercambios oportunos en otros activos.

Considerar a esta facultad como innecesaria y/o perjudicial es impedir el fortalecimiento de nuestras reservas, privándole al pueblo boliviano atesorar de la mejor manera sus recursos.

POR JUAN SUNTURA RAMOS

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