BCB AUTORIZA EL USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS DE PAGO PARA LA COMPRA Y VENTA DE ACTIVOS VIRTUALES

La Paz, 26 de junio de 2024 (Economía y Más). – Con el fin de coadyuvar al fortalecimiento de actividades financieras y comerciales en el país, el Banco Central de Bolivia (BCB) ha revocado la Resolución de Directorio N°144/2020, del 15 de diciembre de 2020, permitiendo así el uso de canales e Instrumentos Electrónicos de Pago (IEP) para transacciones de compra y venta de activos virtuales.

“El Banco Central de Bolivia (BCB), comunica a la opinión pública que mediante Resolución de Directorio N°082/2024, de 25 de junio de 2024 dejó sin efecto la Resolución de Directorio N°144/2020, de 15 de diciembre de 2020, habilitando, de esta manera, el uso de canales e Instrumentos Electrónicos de Pago (IEP) para operaciones de compra y venta de Activos Virtuales”, confirmó mediante un comunicado.

Esta decisión fue efectuada en coordinación con la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), considerando la Evaluación Mutua del Estado Plurinacional de Bolivia 2024 realizada por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat). Una de las recomendaciones clave de esta evaluación es “…considerar la regulación del Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) conforme a la política pública que se defina en el contexto boliviano”. Además, se ha establecido una base jurídica durante el último período que prepara al país para enfrentar nuevos desafíos en este proceso de modernización.

“El BCB, en el marco de sus políticas, ha impulsado continuamente la modernización del sistema de pagos nacional y el desarrollo de la infraestructura de pagos, viabilizando con sus acciones la adopción de innovaciones tecnológicas y nuevos esquemas de pago, constituyéndose en la actualidad en un referente regional en términos de interconexión, interoperabilidad e inclusión financiera digital, promoviendo una participación activa e igualitaria de entidades bancarias y no bancarias, favoreciendo la democratización de los servicios financieros”, afirmó el presidente a.i. del ente emisor, Edwin Rojas Ulo.

Destacó que la Resolución de Directorio N°084/2024 proporcionará a la población “un mecanismo adicional que coadyuvará con el fortalecimiento de las actividades financieras y comerciales”.

ASFI, en ejercicio de sus competencias, supervisará las entidades de intermediación financiera respecto a los medios que faciliten la adquisición de activos virtuales. Además, la directora de la institución, Ivette Espinoza, mencionó que se proporcionará educación financiera para que la población comprenda los aspectos relacionados con la compra de este tipo de activos.

Por otro lado, la UIF cumplirá con sus responsabilidades aplicando medidas preventivas para detectar posibles operaciones sospechosas relacionadas con el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.

En este contexto, Pamela Troche, directora de la UIF, destacó la importancia de realizar ajustes normativos pertinentes para evitar que las transacciones con activos virtuales sean utilizadas por organizaciones criminales.

El BCB subrayó que la única moneda de curso legal en Bolivia es el boliviano, según la Ley N°901 de 28 de noviembre de 1986. En consecuencia, un activo virtual no constituye moneda de curso legal ni efectivo, y no existe obligación para la población de aceptarlos como medio de pago. Por lo tanto, los usuarios de estos activos asumirán los riesgos inherentes a su uso y comercio.

Mediante la Resolución de Directorio N°082/2024, el BCB incorporará en su Plan de Educación Económica y Financiera conceptos y riesgos asociados a las operaciones con activos virtuales, con el fin de fomentar un mayor conocimiento y uso informado entre la población.

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