BCB TENDRÁ 6,4 TONELADAS DE ORO REFINADAS CON CALIDAD DE “BARRAS DE BUENA ENTREGA” CERTIFICADAS POR LA LBMA

La Paz, 03 de mayo de 2024 (Economía y Más). – El Banco Central de Bolivia (BCB) tendrá un total de 6,4 toneladas (t) de oro refinadas con calidad de “Barras de Buena Entrega” certificadas por la Asociación del Mercado de Lingotes de Londres (LBMA, por sus siglas en inglés).

“A la fecha, el BCB refinó con calidad de ‘Barras de Buena Entrega’ de Londres 2,67 toneladas de oro, que fueron acreditadas en las cuentas del ente emisor en el exterior. Asimismo, se encuentran en proceso de refinación en el exterior cerca de 3,73 toneladas de oro adicionales que serán acreditadas en las cuentas del banco corresponsal del BCB, una vez concluida la operativa”, informó el presidente del ente emisor, Edwin Rojas.

Explicó que, en el marco de la normativa, el Banco Central realizó las gestiones correspondientes para “generar un proceso de refinación permanente al oro que adquiere, según los estándares internacionales de la LBMA”.

La Asociación del Mercado de Lingotes de Londres está conformada por empresas que acreditan el cumplimiento de estándares rigurosos sobre la calidad de las barras de oro refinadas en los mercados internacionales, en el marco de la máxima transparencia.

“Esto permite establecer parámetros que definen el denominado oro de ‘Buena Entrega’, que es utilizado por los bancos centrales en el mundo para sus operaciones internacionales”, indicó.

Precisó que el Banco Central de Bolivia realizó gestiones con diferentes refinadoras afiliadas a la LBMA, con el fin de cumplir con dichos estándares internacionales de calidad de “Barras de Oro de Buena Entrega”.

La refinación del oro adquirido en el merco interno se la hace en el marco de la Ley 1503 de Compra de Oro Destinado al Fortalecimiento de las Reservas Internacionales, por lo que no se requiere de autorización adicional del Legislativo.

Como establece la norma, el ente emisor viene adquiriendo oro en el mercado interno y la refinación se rige en el parágrafo I del artículo 7 de esa ley, que establece que se podrá “refinar el oro en el exterior para obtener la calidad de ‘Barras de Buena Entrega’ y conforme a reglamentación emitida por el BCB”.

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